Qué es el arbitraje
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Costos (tarifas)
Cláusula Arbitral Modelo
Normativa relativa a arbitraje
 

El CEDCA sugiere la adopción de cualesquiera de los siguientes instrumentos para implantar, fomentar y asegurar el uso del arbitraje como medio de solución de las controversias comerciales.

1.Cláusula básica:
Para que las controversias que se susciten en relación con un determinado contrato puedan ser resueltas por arbitraje, el acuerdo de arbitraje debe contener como mínimo la siguiente declaración:
"Cualquier controversia que se suscite en relación con el presente contrato será resuelta definitivamente mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y de Arbitraje (CEDCA) por uno o más árbitros nombrados conforme a este Reglamento."

3. Arbitraje no previsto con anterioridad:
Para los casos donde las partes desean someter un conflicto a arbitraje aún cuando no se hubiera previsto este mecanismo con anterioridad al nacimiento de la controversia, se recomienda el siguiente acuerdo:
Nosotros, las partes abajo firmantes acordamos someter la siguiente controversia a arbitraje de conformidad con el Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje (CEDCA):
(descripción de la controversia)

5. Alcance de la cláusula básica:
Cabe advertir que, eluso de la cláusula básica sujeta alas partes a ciertos parámetros que aplican en defecto de acuerdo, definidos en el Reglamento del CEDCA, lo cual es equivalente a la siguiente cláusula:

"Cualquier controversia que se suscite en relación con el presente contrato será resuelta mediante arbitraje de ("derecho" ), de conformidad con las leyes ("que las partes convinieren y en su defecto conforme al derecho que el Tribunal Arbitral juzgue apropiado"), en ("la ciudad y sede que determinen las partes y en su defecto en la que indique el Tribunal Arbitral"), en idioma (que acuerden las partes y en su defecto en el idioma o los idiomas que determine el Tribunal Arbitral"), de conformidad con el Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y de Arbitraje (CEDCA), por un número impar de árbitros determinado libremente por las partes y a falta de acuerdo por ("tres árbitros") nombrados conforme a ese Reglamento. Los árbitros (si) podrán dictar medidas cautelares, (inclusive antes de que quede constituido el Tribunal arbitral que conocerá el fondo de la controversia). El laudo arbitral (será motivado), y (será) objeto de la presentación previa prevista en dicho Reglamento. La citación para la contestación de la demanda de arbitraje se realizará en la dirección de la parte demandada indicada en este contrato."
 
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