La Conciliación
La Conciliación en el CEDCA
Costos (Tarifas)
Normativa relativa a la Conciliación
Lista Oficial de árbitros y conciliadores
Honorarios del conciliador

Artículo 9

Tarifa administrativa

 

9.1  La solicitud de conciliación independiente deberá ser acompañada por un pago no reembolsable de Bs. 9.000,00. Este monto cubre los honorarios de hasta ocho horas de conciliación y los servicios administrativos del CEDCA.

9.2  La conciliación podrá continuar después de ocho horas, si las partes así lo desean, y si el conciliador y el Director Ejecutivo del CEDCA consideran que el proceso podría ser fructífero. En este caso, las partes acordarán el pago de las horas adicionales del conciliador según la tabla I de este apéndice.

9.3   Si al finalizar la conciliación no se alcanza un acuerdo que resuelva la controversia se invitará a las partes a acudir al arbitraje de conformidad con el procedimiento previsto en el reglamento del CEDCA. En caso de aceptar se les exonerará de la tarifa administrativa prevista para la introducción de la demanda de arbitraje.

 

Artículo 10

Honorarios del conciliador

 

10.1 El conciliador devengará honorarios en función de las horas efectivamente invertidas en el proceso y el valor de la disputa, de conformidad con la siguiente tabla:

 

TABLA I

Valor de la disputa

Tarifa por hora

Bs.F. Miles

Bs. F.

Hasta 250

500

Desde 250 to 500

700

Desde 500 to 2.500

900

Desde 2.500 to 5.000

1.100

Desde 5.000 to 15.000

1.200

Mas de 15.000

1.400

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



10.2 En caso de que el acuerdo conciliatorio se transforme en laudo arbitral, el árbitro designado a tales efectos devengará honorario según las horas acordadas con el Director Ejecutivo conforme a la tabla anterior.

 

Artículo 11

Bono de éxito de conciliación

 

Cuando los esfuerzos de conciliación produzcan un acuerdo entre las partes que  resuelva total o parcialmente la disputa, se causará un bono de éxito de conciliación a favor del CEDCA calculado en función del valor de la disputa efectivamente resuelta conforme a la siguiente tabla:

 

TABLA II

Valor de la disputa

resuelta

 

(Miles de Bs. F.)

Porcentaje

Los primeros 500

3.00%

Los próximos 2.000

1.00%

Los próximos 3.000

0.75%

Los próximos 10.000

0.35%

Porción encima de 15.500

0.15%

 

 
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